La Resolución 865/2025 del SENASA adecua los procesos de evaluación de seguridad y eficacia para medicamentos veterinarios sarnicidas, buscando optimizar la sanidad ganadera nacional.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha formalizado la Resolución 865/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial. Esta normativa actualiza los procedimientos para evaluar y controlar los medicamentos destinados a combatir la sarna bovina, con el firme objetivo de elevar los estándares de salud animal en la producción ganadera local.
Bajo este nuevo marco legal, se establece la creación de una Comisión Técnica especializada. Este organismo será el encargado de supervisar las pruebas oficiales de seguridad clínica y eficacia. Su intervención garantiza que los estudios cuenten con el rigor científico necesario para validar los productos antes de su inscripción en los registros oficiales.
En cuanto a la metodología, los ensayos deberán realizarse obligatoriamente entre el 1 de marzo y el 31 de octubre. Las pruebas podrán llevarse a cabo en el campo experimental del SENASA o en predios autorizados que cuenten con instalaciones verificadas, especialmente en lo que respecta a bañaderos de inmersión o sistemas de aspersión.
Para que un producto obtenga la aprobación oficial, la normativa es exigente: debe demostrar un 100% de eficacia bajo la inspección de la Comisión. Una vez superado este control, el certificado de comercialización tendrá una vigencia de 10 años, asegurando así tratamientos efectivos para reducir la prevalencia de esta enfermedad parasitaria en los rodeos.



