El SENASA insta a los productores a recategorizar los terneros en el SIGSA antes de la segunda campaña de vacunación para evitar inconvenientes en la planificación sanitaria y el manejo del stock.
Con el inicio de la segunda campaña anual de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina cada vez más cerca, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) recordó a los productores ganaderos la importancia de actualizar la categoría de terneros y terneras en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) antes del comienzo del operativo sanitario.
La recomendación cobra especial relevancia tras la entrada en vigencia de la Resolución SENASA N.º 711/2025, que establece un nuevo esquema de vacunación contra la fiebre aftosa. A partir de la segunda campaña de 2026, únicamente deberán vacunarse las categorías menores. Por este motivo, aquellos animales que ya hayan recibido las dosis correspondientes durante la segunda campaña de 2025 y la primera de 2026 deberán ser recategorizados como novillitos o vaquillonas.
El organismo explicó que la actualización podrá realizarse hasta 15 días antes del inicio de la campaña en cada región. En las provincias donde la vacunación comenzó el 8 de junio, por ejemplo, el trámite debía completarse antes del 24 de mayo. Esta medida busca optimizar la gestión del stock ganadero y evitar que animales correctamente inmunizados sean incluidos nuevamente dentro del calendario obligatorio por permanecer registrados como terneros.
Los productores cuentan con dos modalidades para realizar el trámite. La primera es mediante autogestión, donde el propio titular solicita la recategorización y posteriormente el personal del SENASA verifica que los animales hayan recibido las dos dosis obligatorias antes de autorizar el cambio. La segunda opción consiste en realizar la gestión de manera presencial en la oficina local del organismo correspondiente a la jurisdicción del establecimiento.
Desde el SENASA advirtieron que aquellos animales que continúen registrados bajo la categoría «ternero» o «ternera» al momento de la visita del vacunador deberán ser inoculados obligatoriamente, conforme al calendario sanitario vigente. Por ello, recomendaron efectuar el trámite con la debida anticipación y consultar el cronograma oficial de vacunación o acercarse a la oficina más cercana ante cualquier duda.



